SECCIÓN II. Presentación y proclamación de candidatos
Artículo 169.
1. Para las elecciones al Congreso de los Diputados y al Senado la Junta Electoral competente para todas las operaciones previstas en el Título I, Capítulo VI, Sección II de esta Ley, en relación a la presentación y proclamación de candidatos es la Junta Electoral Provincial.2. Cada candidatura se presentará mediante listas de candidatos.
3. 49 Para presentar candidaturas, las agrupaciones de electores necesitarán, al menos, la firma del 1% de los inscritos en el censo electoral de la circunscripción. Los partidos, federaciones o coaliciones que no hubieran obtenido representación en ninguna de las Cámaras en la anterior convocatoria de elecciones necesitarán la firma, al menos, del 0,l% de los electores inscritos en el censo electoral de la circunscripción por la que pretendan su elección. Ningún elector podrá prestar su firma a más de una candidatura.
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http://www.infoelectoral.mir.es/Normativa/normativa_es_detail_procede_1.html#titulo_2_5_2
También será justo entonces que a falta de un mes para las elecciones no se hallan publicado los requisitos para recoger firmas. Se nos olvida que algunos partidos no tienen el apoyo de los bancos, ni de las multinacionales, que están formados por gente humilde, voluntarios de vocación, que saben que no van a recibir nada a cambio de su esfuerzo, esfuerzo que realizan tras terminar sus largas jornadas de trabajo. Pero quizás este tipo de partidos, que no están a la sombra de grandes organizaciones controladas por estructuras piramidales, no tengan derecho a existir, quizás halla que poner trabas a la democracia, no valla a ser que se les escape de las manos.
ResponderEliminarDicho esto, estoy de acuerdo en que se necesite un cierto respaldo del electorado, pero con transparencia, y dejando tiempo para que todas las opciones políticas tengan las mismas opciones, porque no todas las opciones políticas tienen la estructura de EQUO para recoger 35.000 firmas en 20 días. Porque muchas de las opciones políticas que aspiran a ser una alternativa a los partidos tradicionales no pueden asumir ese nivel de esfuerzo en tan poco tiempo, porque sencillamente no tienen apoyo económico por detrás. Con esta ley, intentan por tanto, de que los mercados sigan controlando a la democracia, aunque sea indirectamente.
Estoy de acuerdo con la reforma en el sentido que la proliferación de partidos hace que el Estado derroche dinero dando cobertura a partidos que no tienen el respaldo del electorado.
ResponderEliminarLos electores que vienen participando en las elecciones a través de la forma "agrupación" conocen los requisitos; y si se han presentado es obvio que han presentado las firmas y si lo han hecho es porque la forma para cumplir con este requisito está publicado.
ResponderEliminarNo logro saber en qué circunscripción se necesitan 35.000 firmas.
¿Cuánto tiempo necesita un elector para avalar a un partido? Dependerá de las fórmulas admitidas por la Junta Electoral, si hay que personarse o no, etc.